En esta nueva entrada trataremos la evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje. Para ello, tendremos en cuenta algunas consideraciones generales, presentes en la actual normativa vigente:
*La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua, formativa, integradora y diferenciada según las distintas materias del currículo.
* La evaluación será continua por estar inmersa en el proceso de enseñanza y aprendizaje y por tener en cuenta el progreso del alumnado, con el fin de detectar las dificultades en el momento en el que se produzcan, averiguar sus causas y, en consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en Capítulo VI del Decreto 111/2016, de 14 de junio, adoptar las medidas necesarias dirigidas a garantizar la adquisición de las competencias imprescindibles que le permitan continuar adecuadamente su proceso de aprendizaje.
*El carácter formativo de la evaluación propiciará la mejora constante del proceso de enseñanza aprendizaje. La evaluación formativa proporcionará la información que permita mejorar tanto los procesos como los resultados de la intervención educativa.
* La evaluación será integradora por tener en consideración la totalidad de los elementos que constituyen el currículo y la aportación de cada una de las materias a la consecución de los objetivos establecidos para la etapa y el desarrollo de las competencias clave.
*El carácter integrador de la evaluación no impedirá al profesorado realizar la evaluación de cada materia de manera diferenciada en función de los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables que se vinculan con los mismos.
*Asimismo, en la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado se considerarán sus características propias y el contexto sociocultural del centro.
*El profesorado llevará a cabo la evaluación, preferentemente, a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y de su maduración personal en relación con los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y las competencias clave. A tal efecto, utilizará diferentes procedimientos, técnicas o instrumentos como pruebas, escalas de observación, rúbricas o portfolios, entre otros, ajustados a los criterios de evaluación y a las características específicas del alumnado.
Habría que tener en cuenta, de la misma forma, el artículo 7 de la Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato.
Destacar los siguientes enlaces sobre evaluación competencial:
*Presentaciones sobre la evaluación de competencias junto con la elaboración de rúbricas:
https://anabast.wordpress.com/2015/05/11/ideas-y-recursos-para-trabajar-y-evaluar-las-competencias-en-el-aula/
http://ineverycrea.net/comunidad/ineverycrea/recurso/ensear-a-aprender-evaluar-desde-la-equidad-ana-bas/bb51bd27-7215-44c4-8d95-c3ffb0b46880
http://jacobocalvo.blogspot.com.es/2015/04/tecnicas-e-instrumentos-de-evaluacion.html
http://jacobocalvo.blogspot.com.es/2015/04/corubrics-una-plantilla-para-evaluar.html
*Noticias prensa:
Aprender a enseñar por competencias
Evaluar la competencia digital
*Vídeos CEP de Granada:
Los contextos de aprendizaje y evaluación
Obtención de los contextos
Rúbricas de evaluación
Evaluar competencias
Porfolio
Cerramos esta entrada con unas reflexiones de nuestro gran compañero y mejor asesor Jacobo Calvo, recogidas en su blog:
http://jacobocalvo.blogspot.com.es/2016/09/a-vueltas-con-la-evaluacion.html
http://jacobocalvo.blogspot.com.es/2016/09/segregamos-con-la-evaluacion.html