Cuestiones a tratar sobre gestión administrativa para la sesión 31 de Mayo de 2017

En este espacio podéis añadir aquellas cuestiones/dudas que queráis tratar, sobre gestión administrativa #

para la sesión 31 de Mayo de 2017 (Haz clic en Editar) #

  • CUESTIONES A ANALIZAR SOBRE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS CEP - Cuarta sesión de formación de Equipos Directivos de CEP.
  • Servicio de Planes de Formación. 31 Mayo 2017

ACTAS DEL ETF Y CONSEJO DE CENTRO

Cómo debemos llevar las actas de estos órganos? Electrónicas, imprimirlas y archivar...hojas imprimibles preparadas para ello, númeradas, por una cara o por las dos, las firma el secretario sólo o también el visto bueno del director???

Ley 39 y 40

  • ¿Es aplicable el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015 sobre órganos colegiados?
  • ¿En qué nivel los correos electrónicos recibidos y enviados deben constar en un registro de entradas y/o salidas?
  • Entendemos la solicitud de actividades formativas como actos administrativos sujetos a la ley 39/2015.¿Cómo afecta esto a los plazos de publicación de listados de admitidos y excluidos? Plazos a considerar en listados, reclamaciones, etc. ¿Los establece cada CEP en su ROF?
  • ¿Cómo afecta la nueva ley al procedimiento administrativo derivado de la convocatoria de actividades de autoformación?
  • Son modificables los datos de una actividad formativa durante el período de solicitudes (por ejemplo ampliando número de plazas, cambiar criterios de adjudicación...?En el caso de asistencia de alumnado a las dependencias del CEP ¿Qué coberturas tienen? ¿Qué responsabilidad tiene la dirección del CEP en caso de accidente de este alumnado en las dependencias del CEP?
  • En el caso de asistencia de padres y madres a las dependencias del CEP ¿Qué coberturas tienen? ¿Qué responsabilidad tiene la dirección del CEP en caso de accidente de este alumnado en las dependencias del CEP?

Alquiler de espacios (ver orden de centros)

En el CEP de Sevilla se realizan reservas de espacios para otros centros. Para esa reserva de plazas, la persona responsable de la reserva envía al CEP por correo electrónico un documento del CEP diseñado y aprobado por el Consejo de centro, indicando los espacios que necesitaría y alcanzando una serie de compromisos sobre su utilización y sobre el cumplimiento de las medidas del plan de autoprotección del centro. Como respuesta al anterior correo, se le envía las medidas de autoprotección y las instrucciones y mapa de evacuación del centro, junto con la comunicación de los espacios que se le han reservado. Entre esas medidas se encuentra que debe destinar a una persona como responsable de la evacuación por cada uno de los espacios reservados.

  • ¿Es suficiente este mecanismo? ¿Qué medidas de refuerzose necesitaría más?
  • ¿El documento que envían por correo electrónico es necesario que venga firmado o es suficiente con que se haya enviado?
  • ¿Puede el CEP emitir recibís, o facturas, cuando se alquilan los espacios?

Reuniones virtuales-ver ley 39/2015

  • Mecanismos de certificación de la identidad de cada asistente virtual. ¿Se hace constar en acta?
  • La ley de procedimiento administrativo indica que el sábado no es día hábil. ¿Podemos realizar acciones formativas los sábados?.
  • En caso de realizarse, ¿podemos recibir reclamaciones con fundamento del profesorado por realizarse en las que tengan razón?

Plantilla PAS ¿ Funciones, derechos y obligaciones.
.- La Relación de Puestos de Trabajo del Centro del Profesorado de Sevilla es la siguiente:
a) ADMINISTRADOR ___________ 1F PC _____ A2-C1 __ P-A211 ADM. PUBLICA.
b) ADMINISTRATIVO___________ 2F PC,SO __ C1 _____ P-C11 ADM. PUBLICA.
c) ORDENANZA _______________ 1L PC,S ___ V ______ PER. SER. GENERALES
d) ADMVO. ZONA _____________ 1F PC,SO __ C1 _____ P-C11 ADM. PUBLICA.
e) MONITOR/A ESCOLAR _______ 1L PC,S ___ III ____ MONITOR ESCOLAR
f) MONITOR/A ESCOLAR ZONA __ 1L PC,S ___ III ____ MONITOR ESCOLAR
g) MONITOR/A ESCOLAR ZONA __ 2L PC,S ___ III ____ MONITOR ESCOLAR
h) MONITOR/A ESCOLAR _______ 1L PC,S ___ III ____ MONITOR ESCOLAR
i) MONITOR/A ESCOLAR _______ 1L PC,S ___ III ____ MONITOR ESCOLAR
j) MONITOR/A ESCOLAR _______ 1L PC,S ___ III ____ MONITOR ESCOLAR
k) MONITOR/A ESCOLAR _______ 1L PC,S ___ III ____ MONITOR ESCOLAR
l) MONITOR/A ESCOLAR _______ 1L PC,S ___ III ____ MONITOR ESCOLAR
m) MONITOR/A ESCOLAR _______ 1L PC,S ___ III ____ MONITOR ESCOLAR
n) MONITOR/A ESCOLAR _______ 2L PC,S ___ III ____ MONITOR ESCOLAR

La plaza a) no está cubierta.
Las 3 plazas b) y c) están cubiertas por personal que trabaja en el CEP. Sobre estas plazas ya tenemos distribuido el trabajo del PAS y el régimen de sustituciones de cada una de ellas. Las tres plazas anteriores están clasificadas de "contacto habitual con menores". ¿Qué procedimiento se va a poner en funcionamiento para comprobar que las personas que las ocupan cumplen con la normativa de delitos sexuales?

Para las plazas 13 plazas que se contemplan en los apartados d), e), f), g), h), i), j), k), l), m) y n), que sabemos que están cubiertas segúnla información que nos ha proporcionado Recursos Humanos, tenemos las siguientes preguntas:
1.- ¿Qué persona es el director o directora de las personas que ocupan esas plazas?
2.- ¿Qué potestad para encomendar trabajos tiene el director del CEP de Sevilla o el secretario, por delegación, sobre esas personas?
3.- ¿Qué potestad sancionadora tiene el director del CEP de Sevilla sobre esas personas?
4.- Dado que en el CEP de Sevilla ni siquiera conocemos a las personas que están ocupando esas plazas y algunas están en contacto con menores y las mismas están clasificadas de "Contacto habitual con menores", ¿qué responsabilidad tenemos desde el CEP para que cumplan la normativa sobre delitos sexuales? ¿Qué procedimiento se va a poner en funcionamiento para comprobar que las personas que las ocupan cumplen con la normativa de delitos sexuales?
5.- En el caso de baja laboral o por enfermedad de una de estas personas ¿Quien debe tramitar esta baja?
6.- ¿Deben estas personas cumplir el reglamento de organización y funcionamiento del CEP?
7.- ¿Quien es el responsable de que estas personas cumplan su horario laboral?
8.- En el caso de causar baja una de estas personas ¿Quien debe solicitar su sustituto o sustituta? En el caso en que sea el director del CEP ¿Qué ocurre si no lo solicita dado que el CEP no lo necesita para cumplirlas funciones del centro?
9.- El CEP de Sevilla solamente tiene en su RPT una plaza de ordenanza. ¿Podría destinar a la persona que ocupa la plaza de admvo. zona a que ejerza sus funciones en el CEP y en el reparto de trabajo asignarle funciones en esa plaza?

Solicitudes telemáticas/pdf rellenables (LEY 39/2015)

Publicaciones impresas / publicaciones web

Otras cuestiones.

  • Horario de apertura de los CEPs por la tarde. Estamos obligados a tener que abrir los CEPS en horario de tarde todos los días de la semana?.
  • Si se contrata a un empresa para impartir un taller o ponencia dentro una actividad formativa y el empleado que viene solicita una certificación como ponente de esta actividad, ¿Se le debe expedir o debe ser su empresa la que lo haga?
  • Cuando se genera la minuta en Séneca, obliga a cumplimentar la fecha de entrada, cosa que no se ha producido ya que la fecha real de entrada es cuando el ponente devuelve la minuta firmada. Consideramos que es un error en Séneca ya que hasta que la persona no firma la minuta no se general la obligación de pagarla.
  • Si una factura se paga con dinero de caja, ¿Se le debe dar registro de entrada?
  • Se deberían dar instrucciones que aclaren definitivamente la aplicación del artículo 13, apartado 6 d) de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado ya que hay responsables de la dirección de muchos centros que no lo aplican y niegan al profesorado esta posibilidad. Análogamente, en el artículo 13-3 j) de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado. Se refieren a la parte del horario del profesorado que se dedica a asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento.
  • ¿Se puede ofertar actividades de formación para el personal destinado en centros públicos de primer ciclo de educación infantil?
  • En el caso de asistencia de alumnado a las dependencias del CEP ¿Qué coberturas tienen? ¿Qué responsabilidad tiene la dirección del CEP en caso de accidente de este alumnado en las dependencias del CEP?
  • En el caso de asistencia de padres y madres a las dependencias del CEP ¿Qué coberturas tienen? ¿Qué responsabilidad tiene la dirección del CEP en caso de accidente de este alumnado en las dependencias del CEP?
  • ¿El CEP puede contratar un seguro?

Libros de Registro (Entradas/Salidas)

  • ¿Se puede crear uno en formato electrónico?
  • ¿Hay alguna manera de implementar el registro de entradas/salidas en Séneca? ¿Cómo se contabilizan en el registro normal del CEP las facturas electrónicas?

Convocatoria Consejos de Centro

  • ¿Cuanto tiempo debe mediar entre la 1ª y 2ª convocatoria?
  • En caso de ausencia del secretario del Consejo en una sesión, ¿quien lo sustituye?

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Sobre la reclamación a la certificación de actividades formativas

Aunque no es muy frecuente a veces tenemos reclamaciones a la certificación de una actividad por distintas causas. Una de la cuestiones que nos dificultan la resolución son la ausencia de plazos ya que no se notifica expresamente cuando ha sido o no certificado. En la ORDEN de 16 de octubre de 2006, por la que se regula el reconocimiento, el registro y la certificación de las actividades de formación permanente del personal docente, se dice:

Artículo 17. Naturaleza y régimen jurídico de las certificaciones.

1. Las certificaciones de participación en actividades inscritas en el Registro de Actividades de Formación Permanente se consideran actos administrativos y, como tales, estarán sujetas a las normas generales que regulan dichos actos.

Y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

Artículo 40. Notificación.

1. El órgano que dicte las resoluciones y actos administrativos los notificará a los interesados cuyos derechos e intereses sean afectados por aquéllos, en los términos previstos en los artículos siguientes.

2. Toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado, y deberá contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de si pone fin o no a la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, en su caso, en vía administrativa y judicial, el órgano ante el que hubieran de presentarse y el plazo para interponerlos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

De lo anterior parece que se debe establecer un procedimiento de notificación cada vez que se certifique una actividad para comunicar las certificaciones y las no certificaciones de dicha actividad, cosa que en principio podría implementarse en Séneca directamente.

En ausencia de notificación algunas dudas:

¿La publicación de una acta de certificación que incluya los inscritos no certificados es suficiente a efectos de notificación a los interesados?

¿ Que plazo tiene el profesor para poder presentar reclamación a la certificación de una actividad?

A falta de firma en una sesión formativa ¿Una declaración jurada de asistencia por parte del profesorado es válida? En caso contrario ¿Se puede considerar que ha asistido si se aporta alguna evidencia?

Sobre la solicitud de certificación de asistencia a una sesión concreta de actividad formativa del CEP para justificar la ausencia en el Centro de destino

Con base en la circular de 6 de febrero de 2013, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, sobre permisos, licencias y reducciones de jornada del personal docente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía viene recogido en el punto 3 de los PERMISOS en el apartado 2 (Por razones de formación):

2.6. Justificación de asistencia. En todos los supuestos servirá de justificante ante las direcciones de los centros y servicios educativos la certificación de asistencia a las referidas actividades.

Tenemos recogido en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro del Profesorado en el apartado de certificados:

Apartado 2. CERTIFICADOS://

¿En ningún caso se emitirán justificaciones ni certificaciones de asistencia a sesiones¿

Apartado 5. JUSTIFICACIÓN DE ASISTENCIA://

¿La Dirección del Centro deberá autorizar el permiso que será solicitado por el profesorado en el momento que sean publicadas las listas provisionales adjuntando para ello la convocatoria en la que se establece los días, horario y lugar. En algunas actividades el permiso puede ser concedido desde la Delegación Provincial o desde la misma Consejería de Educación, pero este no es el procedimiento habitual.

El justificante de haber asistido a dicha actividad será el certificado de dicha actividad.

En caso necesario, y hasta la emisión de la certificación oficial, podrá presentarse por parte del profesorado declaración jurada de asistencia a las sesiones concretas de formación.¿

¿ tienen derecho a que se les expida dicho documento?

con lo establecido ya comentado ¿la Dirección del Centro y la Inspección deben admitir como documento justificativo (cuando sea expedido) el certificado oficial del curso?

APORTACIONES #

En el manual de Séneca sobre REGISTRO DE CONTRATOS, página 4, establece que "la duración de un contrato menor, de conformidad con la normativa vigente, no puede ser superior a un año natural, los contratos pueden abarcar meses de dos ejercicios económicos".

Duda: definir periodo de ese ejercicio económico, si se está refiriendo al ejercicio económico de los centros educativos, del 1 de octubre hasta el 30 de septiembre del siguiente, o  si es un ejercicio económico cuyo periodo está comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre.

En el manual sobre REGISTRO DE CONTRATOS, un dato a consignar es el Importe del Contrato, pero si el contrato es de mantenimiento de fotocopiadoras y se paga por copia consumida, en el contrato no consta el importe global del mismo, lo que consta es el importe por unidad consumida, en estos casos como se registra el contrato.

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