Grupos de trabajo

Imagen de fondo del tipo de comunidad

El Estatuto de Autonomía de Andalucía aprobado en las Cortes Generales el día 20 de diciembre de 2006, en su Título I, Capítulo II, sobre Derechos y Deberes, determina en su artículo 15 la Igualdad de género y garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos; en su artículo 16, la Protección contra la violencia de género; y, en su artículo 21, que los planes educativos incorporarán los valores de Igualdad entre hombres y mujeres y la diversidad cultural en todos los ámbitos de la vida política y social. Podemos decir que, a través de este grupo de trabajo se desarrollarán actuaciones que pretenden una evolución hacia comportamientos basados en la cooperación y el respeto; implementar aquellas encaminadas a eliminar la violencia de género y, por otra parte, favorecer el desarrollo integral del alumnado desde la perspectiva de la igualdad entre sexos, ya que la educación constituye un espacio privilegiado para formar en la convivencia pacífica y para fomentar la reflexión crítica sobre desigualdades entre hombres y mujeres.

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SÉPTIMA SESIÓN

 

Siendo las 18:00 horas del 03 de mayo se reúnen los miembros del grupo de trabajo para dar respuesta a la siguiente pregunta: ¿Cuáles son mis derechos y deberes como ciudadano? Planteada través de este fragmento del decálogo del buen ciudadano:

Todo ciudadano tiene deberes y derechos. A saber:

Deberes del ciudadano:

1.Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;

2.Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;

3.Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituídas para matener la independencia y la integridad nacionales;

4.Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;

5.Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;

6.Propender al logro y mantenimiento de la paz;

7.Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;

8.Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;

9.Contribuír al financiamineto de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

Derechos del ciudadano:

1.Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.

2.Toda persona tiene todos los derechos y libertades, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole.

3.Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

4.Nadie estará sometido a la esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

5.Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

6.Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

7.Todos somos iguales ante la ley y tenemos, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.

8.Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que le ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

9.Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

10.Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída pública-mente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella.

11.Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.

12.Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación.

13.Toda persona tiene derecho a circular libremente y elegir su residencia, a salir de cualquier país y a regresar a su país.

14.En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo en cualquier país. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial originada por delitos comunes o actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

15.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

16.Los hombres y mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna, a casarse y fundar una familia. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse matrimonio.

17.Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente. Nadie puede ser privado arbitrariamente de su propiedad.

18.Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

19.Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.

20.Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

21.Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos.

22.Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

23.Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección del mismo y a la protección contra el desempleo; y a percibir igual salario por igual trabajo. Toda persona tiene derecho a formar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

24.Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute de su tiempo libre, a una limitación razonable del horario laboral y a vacaciones periódicas pagadas.

25.Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales.

26.Toda persona tiene derecho a la educación; ésta deberá ser gratuita y obligatoria en los ciclos elementales.

27.Toda persona tiene derecho a tomar parte en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico.

28.Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

29.Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

 

Se propone hacer reflexionar sobre él a nuestros alumnos.

 

Siendo las 19:35 horas se levanta la sesión y se acuerda una última reunión en la que los miembros de este grupo trabajarán la Memoria Final para la valoración del grupo de trabajo. 

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Comentarios
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José Mario Horcas Villarreal
El hecho de que las personas vivamos en sociedad implica un permanente contacto con nuestros pares. Para que esta convivencia sea posible, es necesario establecer ciertas normas que regulen el comportamiento. Por una parte, existen algunas obligaciones que tiene el individuo hacia la comunidad y, por otra, la comunidad garantiza a los individuos ciertos derechos que les permiten vivir respetando su libertad. Hay una relación entre lo individual y lo social que se manifiesta en los llamados derechos y deberes ciudadanos.
Publicado el día 7/05/17 23:36.
Ana Isabel Clares Coronado
A lo leído, me gustaría añadir que ser ciudadano es más que el simple hecho de cumplir 18 años y tener mayoría de edad, de haber nacido en un país y poder votar en las elecciones para elegir a nuestros representantes en el gobierno o ser electo el elecciones populares, poder ejercer plenamente lo que conocemos como derechos y deberes ciudadanos tales como obtener el DNI, contraer matrimonio civil, poder trasladarnos libremente por el territorio nacional, etc.
Es sentirse parte de una estructura social y política, y sobre todo, asumir responsabilidades y obligaciones en la construcción de la sociedad.
La ciudadanía es poder, entendido como la facultad de realizar actividades con plena autonomía, tomando decisiones responsables en el contexto social actual. Asimismo, es la capacidad de las personas para asumir compromisos en un ambiente social y político con el que nos identificamos al sentirnos parte de él, logrando convivir. Todos somos titulares de poder por lo tanto podemos influir e intervenir en la toma de decisiones en diversos espacios de nuestra vida.
La ciudadanía se ejerce a través de la participación en los diferentes espacios en los que nos desenvolvemos, en la familia, en el colegio, en el trabajo, en el barrio, etc. ¿Cómo? Opinando sobre temas que atañen al entorno en el que se desenvuelven, tomando decisiones en beneficio de la sociedad o que impliquen una mejora de la calidad humana.
Publicado el día 7/05/17 23:44.

Miembros Miembros

Foto de José Aurelio Espinosa Nieto

José Aurelio Espinosa Nieto

Foto de Presentación Hernández Muñoz

Presentación Hernández Muñoz

Foto de Ana Isabel Clares Coronado

Ana Isabel Clares Coronado

Foto de Francisco Góngora Pérez

Francisco Góngora Pérez

Foto de José Mario Horcas Villarreal

José Mario Horcas Villarreal