Grupos de trabajo

Imagen de fondo del tipo de comunidad

Con este proyecto (grupo de trabajo) se pretende aprender y mejorar el conocimiento sobre la fotografía y su uso artístico en el aula de forma que posteriormente el alumnado pueda tener nociones de fotografía sobre sus obras para tratarlas tanto en su proyectos y obras finales como de cara a presentar sus productos de forma atractiva, adecuada y ajustada a las normas del marketing y la propiedad intelectual. Los integrantes del grupo serán profesores y profesoras de la propia escuela que enfocarán el aprendizaje y la práctica de este grupo a sus módulos y talleres para luego llevarlo al aula.

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Derechos de Explotación aplicados al campo de la fotografía

La Ley de Propiedad Intelectual en su Artículos 17 y siguientes reconoce y desarrolla todo lo referente a los derechos de explotación de una obra.

En el artículo 17 se establece que corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley.

A continuación, se analizarán los derechos de explotación aplicándolos al campo de la fotografía:

El derecho de reproducción: consiste en la reproducción de la fotografía por cualquier medio o forma que permita su comunicación u obtención de copias. Por ejemplo, incluir una fotografía en un libro o reproducirla en Internet.

El derecho de comunicación pública: entendido como todo acto por el cual una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de las personas. Por ejemplo, la exhibición de una fotografía en una exposición fotográfica. El derecho de comunicación pública prevé, expresamente por la Ley de Propiedad Intelectual, la puesta a disposición del público de la obra de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ella desde el lugar y momento que elija; esto es Internet.

El derecho de distribución: es la puesta a disposición del público de original o de las copias de la fotografía, en cualquier soporte tangible, mediante su venda, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma. Por ejemplo, la inclusión de una fotografía en un libro.

El derecho de transformación: es la modificación de la fotografía de la cual se derive otra obra diferente. Por ejemplo, modificar digitalmente una fotografía y obtener otra distinta.

Estos derechos de explotación son independientes, compatibles y acumulables, es decir, para incluir una fotografía en un libro se requieren los derechos de reproducción y distribución. En el caso de Internet, el derecho de reproducción y comunicación pública y, en su caso, el derecho de distribución.

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