Pasos a seguir ...
- Proyecto Inicial
- Situación de partida
- Objetivos
- Repercusión en el aula
- Actuaciones
- Recursos y apoyos
- Estrategias e indicadores para la valoración del trabajo
Proyecto inicial
1.Situación de partida
Situación de partida que justifica el proyecto. Indicar su vinculación a los procesos de autoevaluación y mejora de los centros. Señalar qué aspectos de la propuesta contribuyen a la innovación y la mejora en el ámbito donde se pretende intervenir.
La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia compartida para el establecimiento de los planes de estudio, incluida la ordenación curricular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo con lo recogido en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, a tenor del cual corresponde al Estado dictar las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la misma, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 58 que corresponde al Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas y al Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, definir la estructura y el contenido básico de los diferentes estudios de enseñanzas artísticas superiores regulados en la misma. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula de forma específica en sus artículos 54 a 58 las enseñanzas artísticas superiores señalando como tales los estudios superiores de música y de danza, las enseñanzas de arte dramático, las enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales y los estudios superiores de diseño y de artes plásticas, entre los que se incluyen los de cerámica y de vidrio. El artículo 46.2 de esta ley establece que la definición del contenido y de la evaluación de las enseñanzas artísticas superiores se hará en el contexto de la ordenación de la educación superior española en el marco europeo, con la participación del Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas y, en su caso, del Consejo de Universidades, y el artículo 58 indica que corresponde al Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas y al Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, definir la estructura y el contenido básico de los diferentes títulos de las enseñanzas artísticas superiores y establecer las condiciones para la oferta de estudios de postgrado en los centros que imparten dichas enseñanzas. El Real Decreto 1614/2009 , de 26 de octubre estructura las enseñanzas artísticas superiores en Grado y Postgrado, previendo en este último nivel las enseñanzas de Máster y los estudios de doctorado en el ámbito de las disciplinas que les son propias mediante convenios con las universidades. En este sentido, se establece la necesidad de que los títulos de máster sean evaluados por una agencia de evaluación externa de acuerdo a los protocolos establecidos para estas enseñanzas, como paso previo a su homologación por parte del Ministerio de Educación Cultura y Deporte. Asimismo, se establecen las directrices para el diseño de los títulos correspondientes y, en su caso, las condiciones y el procedimiento para la verificación y acreditación de los mismos. El capítulo IV es dedicado a las enseñanzas de Máster, se establecen igualmente las condiciones para el registro de los títulos, para el diseño de los planes de estudios y para el acceso y la admisión, así como la renovación de la acreditación de los títulos. Según el artículo 14 de este Real Decreto los planes de estudios de los títulos de Máster serán elaborados por las Administraciones educativas a iniciativa propia o a propuesta de los Centros e inscritos en el Registro Central de Títulos de acuerdo con lo establecido en el presente Real Decreto. Complementariamente, el Real Decreto 303/2010 de 15 de marzo, estipula los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas. La ley 17/2007 de 10 de Diciembre de Educación de Andalucía, dedica el Título II a las enseñanzas que se imparten en el sistema educativo; en su Capítulo VI se regulan las enseñanzas artísticas superiores y en la Sección 3º del mismo se establecen los principios generales de las enseñanzas artísticas superiores y la denominación de los centros que imparten estas enseñanzas. Las enseñanzas artísticas superiores son desarrolladas en nuestra comunidad por los siguientes Decretos: Decretos 258/20011 de 26 de Julio para las Enseñanzas Superiores de Danza, Decreto 259/2011 de 26 de Julio para las Enseñanzas Superiores de Música, Decreto 260/2011 para las Enseñanzas Superiores de Arte Dramático y Decreto 111/2014 de 8 de Julio para las Enseñanzas Superiores de Diseño. Cada uno de estos Decretos, en su capítulos V, se dedica a los programas de movilidad, prácticas, investigación y formación del profesorado, en el que los centros superiores tienen la obligación de fomentar programas de investigación científica, técnica y artística propios de cada una de las disciplinas, para contribuir a la generación y difusión del conocimiento y a la innovación en dicho ámbito. La consejería competente en materia de Educación en coordinación, en su caso, con la Consejería competente en materia de investigación, establecerá los mecanismos adecuados para que estos centros docentes puedan realizar o dar soporte a la investigación científica, técnica y artística que les permita integrarse en el Sistema Andaluz del Conocimiento y en el Sistema Español de Ciencia y Tecnología. Los Títulos Máster, tienen por finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, y la de promover la iniciación en tareas investigadoras. Estos Títulos estarían dentro del marco de los programas de investigación científica, técnica y artística a que se refiere el Capítulo V de los Decretos anteriormente citados. Este marco normativo establece que las propuestas de másteres en Enseñanzas Artísticas deberán someterse a un proceso de homologación equiparable al proceso de verificación de las enseñanzas superiores universitarias. La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) y los órganos de evaluación que la Ley de las Comunidades Autónomas determinen realizarán la evaluación de los planes de estudios de acuerdo con los protocolos de evaluación necesarios y de acuerdo con estándares internacionales de calidad y conforme a lo dispuesto en los Reales Decretos anteriormente mencionados. |
2. Objetivos de resultados
Enunciar de forma clara y concisa los objetivos de resultados que se esperan alcanzar.
OBJETIVO 1 | Investigar sobre la situación de los Máster en Enseñanzas Artísticas en las distintas Comunidades Autónomas y en el resto de países Europeos |
OBJETIVO 2 | Evaluar las necesidades del mercado y de nuestros titulados para proporcionarle una formación avanzada, de carácter especializado o multidisplinar , orientada a la especialización académica o profesional |
OBJETIVO 3 | Estructurar un plan de estudios conducentes a la obtención del Título de Máster en Enseñanzas Artísticas; Danza |
3. Repercusión en el aula
La Repercusión sería en el centro y por lo tanto se reflejará en el aula en el momento en que a través del Máster se promueven las tareas investigadoras |
4. Actuaciones
Actuación | Temporización | Responsable |
Realizar una aportación en Colabor@ donde se detalle el devenir del GT | Una vez cada trimestre | Cada miembro del GT |
Información del grupo de trabajo al Claustro y Consejo Escolar del centro | Primer trimestre | Coordinadora |
Conocer los Máster existentes en Enseñanzas Artísticas Públicos y Privados en las distintas Comunidades Autónomas y en el Marco Europeo de Enseñanzas Artísticas Superiores. | Noviembre | Todos los componentes |
Conocer y recopilar la normativa existente sobre Máster en enseñanzas artísticas superiores. | Noviembre | Todos los componentes |
Estudiar y comprender el Protocolo de evaluación para la homologación de los Másteres en Enseñanzas Artísticas de la ANECA | Diciembre | Todos los componentes |
Definir las necesidades formativa de especialización de nuestros titulados | Diciembre | Todos los componentes |
Definir la formación teórica y práctica que los alumnos deben de adquirir:
| Desde Enero hasta Abril | Todos los componentes |
Presentación en el Claustro para su debate | Abril | |
Presentación del Máster a la ANECA o agencia competente en la Comunidad Autónoma de Andalucía | Mayo | Coordinadora |
Seguimiento del proyecto | Hasta el 15 marzo | coordinadora |
Evaluación de los objetivos propuestos | Hasta el 31 mayo | coordinadora |
Memoria final | Hasta el 31 mayo | coordinadora |
Realizar la encuesta de valoración en Séneca | Hasta el 31 de mayo | El coordinador |
5. Estrategias e indicadores para la evaluación
Indicadores | Instrumentos | Lugar (Evidencia) | |
Información a los órganos representativos del centro. | Entrada en el blog de Colabor@ avisando del hecho o bien avisar al asesor de hecho | Colabor@ | |
Consensuar la Descripción del Título | Mediante documento donde se denomine: Título Rama de conocimiento Profesión regulada. Títulos conjuntos Distribución de los créditos Tipo de enseñanza Plazas de nuevo ingreso ofertadas. Lengua utilizada | Colabor@ | |
Consensuar la Justificación | Mediante documento donde se explique: Justificación del título propuesto,argumentando el interés académico, científico o profesional del mismo. Descripción de los procedimientos de consulta internos y extenos utilizados para la elaboración del plan de estudios. Diferenciación de los títulos dentro de las mismas Enseñanzas Artísticas Superiores | Colabor@ | |
Consensuar las Competencias | Mediante documento donde se desarrollan: Competencias, definición y tipos | Colabor@ | |
Planificación de las Enseñanzas | Mediante documento donde se realice una descripción general del plan de estudios y su estructura | Colabor@ | |
Personal académico , recursos académicos y servicios | Descripción mediante plantilla | Colabor@ | |
Desarrollar los Sistemas de garantía de calidad. | A través de ; Responsables del sistema de garantía de calidad del plan de estudios y procedimiento de evaluación de la calidad de la enseñanza y el profesorado. | Colabor@ | |
Cumplimentación de la encuesta de valoración de Séneca | Encuesta | Séneca |
6. Recursos y apoyos
RECURSO SOLICITADO | JUSTIFICACIÓN | |
Bibliografía (Indicar ISBN) | Análisis de los espectáculos: ISBN-10: 8449309786 ISBN-13: 978-8449309786 Actas Congreso INARS: la investigación en las artes plásticas y visualesMetodología de investigación en las artes: Una aproximación teórico-procedimental 3659011029, 9783659011023Ideas visuales : investigación basada en artes e investigación artística = Visual ideas : arts based research and artistic research 8433860186, 9788433860187 | |
Ponentes | DR. Alvaro Záldivar Gracia. |
8. Valoración cualitativa del proyecto
En caso de haber solicitado en la propuesta la valoración cualitativa, marcar el/los requisito/s que cumplirá el proyecto
REQUISITOS | ACCIONES A REALIZAR | |
X | Relevancia, originalidad e innovación del proyecto | Sería el primer Máster de Enseñanzas Artísticas de Danza en España. |
X | Producción de materiales educativos originales o que supongan una contribución significativa a materiales ya existentes con licencia libre, exportables a otros contextos y accesibles | Guías Docentes. |
X | Revisión bibliográfica realizada sobre el tema de estudio, con la aportación de comentarios críticos | Se hará una revisión bibliográfica en temas de desarrollo de máster y en investigación en las artes |
X | Incidencia del trabajo realizado en la práctica educativa del aula o centro, avalada por el Claustro y el Consejo Escolar del centro | Daríamos cabida a la investigación tanto del Profesorado como del alumnado |